{"id":28098,"date":"2025-12-05T09:53:42","date_gmt":"2025-12-05T12:53:42","guid":{"rendered":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/?p=28098"},"modified":"2025-12-05T09:53:44","modified_gmt":"2025-12-05T12:53:44","slug":"reforma-laboral-el-nuevo-borrador-del-proyecto-que-publico-el-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/nacionales\/2025\/12\/05\/reforma-laboral-el-nuevo-borrador-del-proyecto-que-publico-el-gobierno\/","title":{"rendered":"Reforma Laboral: el nuevo borrador del proyecto que public\u00f3 el Gobierno"},"content":{"rendered":"<article id=\"article-post\" class=\"first\">\n<div class=\"cuerpo\" data-twitter-link=\"https:\/\/twitter.com\/intent\/tweet?url=https:\/\/www.diariopopular.com.ar\/c874881&amp;via=poopulardiario&amp;related=Popular&amp;text=\">\n<p>Se dio a conocer el borrador del nuevo proyecto de la Ley de Modernizaci\u00f3n Laboral, un extenso pdf que buscar\u00e1 modificar sustancialmente al R\u00e9gimen de Contrato de Trabajo (Ley N\u00b0 20.744) y realizar transformaciones fiscales.<\/p>\n<\/div>\n<\/article>\n<article id=\"article-post\">\n<div class=\"cuerpo\" data-twitter-link=\"https:\/\/twitter.com\/intent\/tweet?url=https:\/\/www.diariopopular.com.ar\/c874881&amp;via=poopulardiario&amp;related=Popular&amp;text=\">\n<p>Entre los principales aspectos que se abordan en este borrador de proyecto se encuentran las vacaciones, beneficios sociales, licencias por enfermedad y nuevas reglas de indemnizaciones.<\/p>\n<p><strong>Vacaciones<\/strong><\/p>\n<p>Se\u00a0<strong>reafirma\u00a0<\/strong>el derecho de todo trabajador a un per\u00edodo anual de\u00a0<strong>vacaciones pagas<\/strong>. La novedad est\u00e1 en que el empleado y el empleador acuerden, de manera individual o colectiva, la extensi\u00f3n del per\u00edodo vacacional respetando los pisos m\u00ednimos legales.<\/p>\n<p><em>\u201cEl empleador deber\u00e1 conceder el goce de vacaciones de cada a\u00f1o dentro del per\u00edodo comprendido entre el 1\u00ba de octubre y el 30 de abril del a\u00f1o siguiente. La fecha de inicio de las vacaciones deber\u00e1 ser notificada por escrito al trabajador con una antelaci\u00f3n no menor a cuarenta y cinco (45) d\u00edas, sin perjuicio de que las convenciones colectivas de trabajo u otros acuerdos celebrados con la representaci\u00f3n sindical en la empresa puedan establecer sistemas diferentes, conforme a las particularidades de cada actividad\u201d.<\/em><\/p>\n<p><strong>Banco de horas<\/strong><\/p>\n<p>Este apartado habla sobre la creaci\u00f3n de un<strong>\u00a0banco de horas\u00a0<\/strong>en el que se van a registrar la cantidad de horas que trabaja una persona para luego\u00a0<strong>compensarlas<\/strong>. Si \u00e9sta trabaja m\u00e1s horas que en un d\u00eda normal, esas horas se guardan en el banco para compensar otro d\u00eda de la semana, sin superar el m\u00e1ximo de horas semanales. Adem\u00e1s se aplica un\u00a0<strong>m\u00ednimo innegociable<\/strong>\u00a0de\u00a0<strong>12 horas de descanso entre el final de una jornada y el inicio de otra<\/strong>\u00a0y de\u00a0<strong>35 horas de descanso semanal<\/strong>.<\/p>\n<p><em>\u201cLas convenciones colectivas de trabajo, respetando los m\u00ednimos indisponibles de 12 horas de descanso entre jornada y jornada, as\u00ed como los l\u00edmites legales conforme la naturaleza de cada actividad, podr\u00e1n establecer reg\u00edmenes que se adecuen a los cambios en las modalidades de producci\u00f3n, las condiciones propias de cada actividad, contemplando especialmente el beneficio e inter\u00e9s de los trabajadores. A tal efecto, se podr\u00e1 disponer colectivamente del r\u00e9gimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral.<\/em><\/p>\n<p><em>La reducci\u00f3n de la jornada m\u00e1xima legal solamente proceder\u00e1 cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulaci\u00f3n particular de los contratos individuales o Convenios Colectivos de Trabajo.<\/em><\/p>\n<p><em>Estos \u00faltimos podr\u00e1n establecer m\u00e9todos de c\u00e1lculo de la jornada m\u00e1xima en base a promedio, de acuerdo con las caracter\u00edsticas de la actividad, siempre y cuando se respeten los descansos m\u00ednimos entre jornada y jornada de 12 horas y de descanso semanal de 35 horas. Asimismo, se podr\u00e1 utilizar el banco de horas de modo de compensar la mayor jornada de alg\u00fan d\u00eda con la menor de otro, siempre y cuando no se supere el m\u00e1ximo legal de la jornada semanal, o la que estipule el r\u00e9gimen laboral espec\u00edfico.\u201d<\/em><\/p>\n<p><strong>Indemnizaciones y despidos<\/strong><\/p>\n<p>En cuanto a las\u00a0<strong>indemnizaciones<\/strong>, el proyecto descentraliza el mecanismo uniforme de pago para los casos de despido sin causa. A partir de la reforma, la indemnizaci\u00f3n tradicional podr\u00e1 ser reemplazada por<strong>\u00a0sistemas de fondos o seguros sectoriales de cese laboral<\/strong>, cuando as\u00ed lo disponga la negociaci\u00f3n colectiva. Estos fondos funcionar\u00edan como un \u00abahorro previo\u00bb, en la que los empleadores ir\u00edan financi\u00e1ndolo a trav\u00e9s de los a\u00f1os.<\/p>\n<p>La cuenta de este sistema de fondos se basar\u00eda en el salario b\u00e1sico, sumas habituales, antig\u00fcedad y dem\u00e1s componentes remunerativos ordinarios. Excluyendo los pagos extraordinarios, premios, gratificaciones extraordinarias y remuneraciones transitorias.<\/p>\n<p>En cuanto a los<strong>\u00a0despidos<\/strong>, la reforma diferencia entre desvinculaciones con causa y sin causa. Para el\u00a0<strong>despido sin causa<\/strong>, rige lo mencionado sobre indemnizaciones, mientras que en el<strong>\u00a0despido por justa causa<\/strong>\u00a0el texto especifica taxativamente las causales v\u00e1lidas y el procedimiento a seguir. El empleador deber\u00e1 notificar electr\u00f3nicamente la decisi\u00f3n, fundando el motivo cuando invoque causa justa, y el trabajador tendr\u00e1 derecho a defensa administrativa y judicial.<\/p>\n<p><em>\u201cEn los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso y luego de transcurrido el per\u00edodo de prueba, se deber\u00e1 abonar al trabajador una indemnizaci\u00f3n equivalente a un mes de sueldo por cada a\u00f1o de servicio o fracci\u00f3n mayor de tres meses, tomando como base de c\u00e1lculo la mejor remuneraci\u00f3n mensual, normal y habitual devengada durante el \u00faltimo a\u00f1o o durante el tiempo de prestaci\u00f3n de servicios si este fuera menor\u201d.<\/em><\/p>\n<p><strong>Remuneraciones<\/strong><\/p>\n<p>Con este nuevo proyecto de modificaci\u00f3n laboral tambien\u00a0<strong>se modificar\u00eda la<\/strong>\u00a0<strong>composici\u00f3n de la remuneraci\u00f3n<\/strong>, incorporando sumas fijas, variables y beneficios sociales determinados. Se consagra la\u00a0<strong>digitalizaci\u00f3n obligatoria de recibos de sueldo<\/strong>,\u00a0<strong>planillas de asistencia<\/strong>\u00a0y toda la documentaci\u00f3n asociada, equipar\u00e1ndola en validez a la documentaci\u00f3n tradicional en papel. Se prev\u00e9 la incorporaci\u00f3n temporal de componentes salariales din\u00e1micos y la<strong>\u00a0exclusi\u00f3n de diversos pagos de la remuneraci\u00f3n, como vi\u00e1ticos documentados y reintegros.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Licencia por enfermedades<\/strong><\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Por el lado de las<strong>\u00a0enfermedades inculpables y profesionales<\/strong>, la ley habilita y reglamenta el uso de certificados m\u00e9dicos digitales con plena validez legal, facilitando los procesos administrativos de justificaci\u00f3n de ausencias.<\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Introduce un sistema centralizado de control m\u00e9dico, en el cual las empresas y la seguridad social podr\u00e1n verificar los diagn\u00f3sticos y recaudos de los trabajadores aquejados por enfermedad. Adem\u00e1s, la norma detalla derechos y deberes frente a prolongados periodos de inasistencia y regula los pasos a seguir al momento de definir si se produce una incapacidad permanente.<\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">La gesti\u00f3n de\u00a0<strong>ausencias<\/strong>\u00a0injustificadas o reiteradas se aborda con un procesoen el que el empleador podr\u00e1 requerir que toda falta sea documentada con certificado m\u00e9dico digital o presencial, bajo apercibimiento de considerar la ausencia como injustificada. Estas acciones se podr\u00edan considerar como abandono de trabajo y se acortar\u00edan plazos y procedimientos respecto de la legislaci\u00f3n actual. En caso de ausencias prolongadas, la empresa debe\u00a0<strong>notificar fehacientemente al trabajador<\/strong>\u00a0antes de adoptar decisiones disciplinarias o de extinci\u00f3n del v\u00ednculo.<\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\"><strong>Reincorporaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">La\u00a0<strong>reincorporaci\u00f3n<\/strong>\u00a0por sentencia judicial se fortalece en el sentido de que, cuando un tribunal determine que el\u00a0<strong>despido fue ileg\u00edtimo<\/strong>, el trabajador podr\u00e1 optar entre\u00a0<strong>retomar el puesto o cobrar la indemnizaci\u00f3n equivalente<\/strong>. Si opta por la restituci\u00f3n, la empresa tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de regularizar la relaci\u00f3n y abonar los salarios devengados durante todo el per\u00edodo sin prestaci\u00f3n de tareas. Este mecanismo busca restablecer la vigencia de los derechos laborales frente a cesant\u00edas irregulares.<\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\"><em>\u201cVigente el plazo de conservaci\u00f3n del empleo, si del accidente o enfermedad resultase una disminuci\u00f3n definitiva en la capacidad laboral del trabajador y \u00e9ste no estuviere en condiciones de realizar las tareas que anteriormente cumpl\u00eda, el empleador deber\u00e1 asignarle otras que pueda ejecutar, debiendo adecuar su categor\u00eda, salario y jornada acorde a las mismas. Si el empleador no pudiera dar cumplimiento a esta obligaci\u00f3n por causa que no le fuere imputable, el contrato de trabajo quedar\u00e1 extinguido con el derecho del trabajador de percibir una indemnizaci\u00f3n igual a la prevista en el art\u00edculo 247 de esta ley\u201d.<\/em><\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\"><strong>Plataformas de reparto<\/strong><\/p>\n<p class=\"\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">La regulaci\u00f3n de las\u00a0<strong>plataformas de reparto y empleo digital<\/strong>\u00a0establece el reconocimiento de una relaci\u00f3n laboral formal entre empresas tecnol\u00f3gicas como pueden ser la de delivery y los repartidores. La ley obliga a registrar a los trabajadores ante la seguridad social, efectuar los aportes que correspondan y contribuciones, y contratar seguros por accidentes para quienes se desempe\u00f1an en estos servicios.<\/p>\n<\/div>\n<\/article>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se dio a conocer el borrador del nuevo proyecto de la Ley de Modernizaci\u00f3n Laboral, un extenso pdf que buscar\u00e1<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":28099,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","enabled":false},"version":2}},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-28098","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"jetpack_publicize_connections":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28098"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28098"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28098\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28100,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28098\/revisions\/28100"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/28099"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariorepublica.com.ar\/web\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}