El Gobierno oficializó los cambios en la firma digital: se podrá validar y registrar de forma remota
Actualizado: 20 agosto, 2024
«Cualquier contrato, que antes requería que te encontraras en un lugar para firmarlo y verificarlo, ahora podrá hacerse de manera remota. Esto le facilitará la vida a mucha gente”, dijo.
Sin embargo, a partir de la publicación del nuevo decreto, la normativa queda de la siguiente manera: «(…) Dicha verificación de identidad puede o no hacerse de manera presencial, para lo cual se deberán emplear servicios de validación de identidad en tiempo real que utilicen el confronte de datos del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS”.
Además, modifica el artículo 27 del mismo decreto 182/19 que hasta ahora señalaba que «La presencia física del solicitante ante el Certificador Licenciado o sus autoridades de registro será condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión del correspondiente certificado digital». A partir de ahora, la presencia física «no será condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión, renovación o revocación del correspondiente certificado digital”.