El Gobierno prohibió la propaganda política en edificios estatales y en el ámbito educativo
Actualizado: 10 diciembre, 2024
Por medio del Boletín Oficial, el Gobierno publicó dos decretos para garantizar neutralidad política. Por un lado, prohibió la exhibición de referencias en edificios del Estado y, por el otro, modificó una ley para apuntar contra la imposición de pensamientos en la niñez, principalmente en el ámbito educativo.
A través del decreto 1084/2024, se prohibió la “exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado”. En este sentido, justificaron que la intención es evitar “personalismos antirrepublicanos y dotar de mayor objetividad a las denominaciones o nomenclaturas y evitar que sufran los vaivenes propios de los cambios de gobierno”.
Además, se dispuso que un edificio podrá llevar el nombre de una personalidad política recién a partir de los 10 años de su fallecimiento, desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar. Tampoco podrán asignarse denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como autoridades nacionales, provinciales o municipales mediante “actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático”.
Los funcionarios públicos -independientemente de su rango- no podrán utilizar recursos del Estado, ya sean de dominio público o privado, para “promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”.
Para situaciones en las que algunas de las disposiciones no sea respetada, el Gobierno habilitó una sección de la plataforma Trámites a Distancia para que los ciudadanos reporten acciones indebidas. “Los recursos y bienes del Estado son públicos y deben estar al servicio de la comunidad en general y no de intereses particulares o partidarios que suponen una imposición forzada a la memoria colectiva”, consideró.
Por otro lado, mediante el decreto 1086/2024 se modificó la reglamentación de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada en 2006. En esta ocasión, el Gobierno agregó un párrafo al artículo 9, en el cual afirma: “La imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, constituyendo un trato que afecta su integridad personal”.
También añadió una parte al artículo 15 de la reglamentación, en el cual expresa: “La imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la educación, conforme los términos del artículo que se reglamenta”.
Por último, al artículo 19 sumó: “La imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la libertad de los niños, niñas y adolescentes, conforme los términos de los incisos a) y b) del artículo que se reglamenta, así como su libertad de conciencia”.
LN+