Sociedad

Régimen de Protección de la Vivienda en el RPI

Actualizado: 3 julio, 2025

La Agencia de Recaudación Catamarca, ARCAT, recuerda que, en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria, con un trámite sencillo, rápido y sin costo, se puede proteger la vivienda familiar y ponerla a salvo de ejecuciones y embargos por deudas del titular. Este servicio es el Régimen de Protección de la Vivienda, que en ARCAT se puede gestionar por la Web y en pocos pasos.

“ARCAT, a través del RPI implementó este servicio amigable en la página Web para que cualquier persona, desde su casa y sin costo alguno, pueda hacer el trámite para la protección de su vivienda”, explicó la directora del Registro, Dra. Magdalena Acosta.

Recordó que este régimen reemplazó a la antigua figura de “Bien de familia” y exige que quien solicite la inscripción sea titular del inmueble. “Es importante, sobre todo en estos tiempos económicos complejos donde ha aumentado el endeudamiento, tener la precaución de realizar este trámite de forma preventiva”, indicó.

La protección no alcanza a deudas previas a la inscripción ni a compromisos directamente ligados al inmueble, como impuestos, expensas o alimentos.

El trámite puede realizarse de manera virtual o presencial, en el horario de funcionamiento de la Mesa de Entrada Única de ARCAT, de 7.30 a 13.30.

¿Cómo funciona?

Cualquier persona puede inscribir en este régimen la vivienda que le pertenece. Se puede proteger una sola vivienda, aunque esté hipotecada.

¿Qué propiedades pueden ser protegidas?

Una casa, un departamento y cualquier otro inmueble que se esté usando como vivienda.

Sin costo

El trámite realizado desde la Web de ARCAT, en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria, es completamente gratuito y pueden hacerlo el titular o los titulares del inmueble.

Para más información ingresar a dgrpi.arcat.gob.ar //regimenviviendafamiliar